Autor: Pau Negre | Fecha: 04/2024
Con la finalidad de asegurar la vigencia y adecuación de sus normas, el Organismo Internacional de Normalización (ISO) las revisa periódicamente (aproximadamente cada 6-8 años). Así, la versión original de la norma ISO 9001 se publicó en 1987 y, desde entonces, se han efectuado cuatro revisiones (en los años 1994, 2000, 2008 y 2015).
Pese a que en el año 2021 hubiera correspondido emprender un nuevo proceso de revisión de la norma ISO 9001, el grupo de trabajo ISO/TC 176/SC2 determinó que no era necesario y emitió la confirmación sin cambios de la actual versión (ISO 9001:2015). Paralelamente, también decidió iniciar un “proyecto en su etapa preliminar” para poder determinar la existencia de alguna nueva evidencia que pudiera conducir a una actualización anticipada de la ISO 9001, que culminó con la determinación de iniciar la actualización de la norma antes de su siguiente revisión formal.
Actualmente la norma ISO 9001:2015 se encuentra oficialmente en proceso de revisión, al igual que la ISO 14001:2015. Para ello se ha constituido ya un grupo de trabajo que está debatiendo los cambios propuestos y redactando borradores de carácter interno. En principio, la publicación en inglés de ambas normas, con las correspondientes actualizaciones, está prevista para finales de 2025.
Por otro lado, acaba de publicarse una pequeña enmienda a la norma ISO 9001, concretamente al texto común que comparten todas las normas de sistemas de gestión certificables. Dicha enmienda incorpora el requisito de determinar si el cambio climático es una cuestión relevante o no y, por tanto, obliga a las empresas a tener en cuenta la relevancia de los riesgos del cambio climático en su análisis del contexto de las organizaciones y las necesidades de las partes interesadas.
El nuevo texto afecta a las dos cláusulas siguientes:
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4.1 Comprensión de la organización y su contexto, a la que se incorpora la frase «La organización debe determinar si el cambio climático es una cuestión relevante».
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4.2 Necesidades y expectativas de las partes interesadas, a la que se agrega el texto: «NOTA: Las partes interesadas pertinentes pueden tener requisitos relacionados con el cambio climático».
Esta modificación se ha introducido como medida de apoyo a la Declaración de Londres sobre el Cambio Climático del ISO, en la que se compromete a contribuir a la agenda climática a través de sus normas y publicaciones. La finalidad general (determinar las cuestiones relevantes para el sistema de gestión) y los requisitos de las cláusulas permanecen inalterados. Esta es, por tanto, una única enmienda cuyo fin es garantizar que las empresas tengan en cuenta la relevancia de los riesgos del cambio climático, así como su posible incidencia en sus sistemas de gestión y que, en caso necesario, estas adopten medidas para abordar las cuestiones pertinentes.
Así pues, abróchense los cinturones porque vienen cambios, que siempre suponen un estímulo que nos anima a salir de nuestra zona de confort y nos ayuda a evolucionar. También puede consultar nuestros servicios de Gestión de la Calidad y afrontar juntos este nuevo reto.